domingo, 27 de diciembre de 2009

MAESTRIAS PARA DOCENTES OFICIALES SUBSIDIADAS POR EL MEN

CONVOCATORIA 2009

FOMENTO A LA FORMACIÓN POSTGRADUAL PARA DOCENTES Y DIRECTIVOS EN SERVICIO, DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DEL SECTOR OFICIAL

PREGUNTAS FRECUENTES

¿En qué consiste el programa de apoyo a docentes para estudios de maestría del Ministerio de Educación?

Consiste en un apoyo económico otorgado por el Ministerio de Educación Nacional para docentes o directivos docentes interesados en adelantar estudios de maestría. Tal apoyo es del 30% del valor de la matrícula, por el tiempo regular que dura la maestría, asignados mediante un crédito condonable a través del ICETEX, con recursos del fondo "Fomento a la formación postgradual para docentes y directivos en servicio, del sector oficial", creado exclusivamente para este fin.

¿Quiénes pueden acceder al programa?

Docentes y directivos docentes de planta, que se desempeñan en un establecimiento educativo del sector oficial, e inscritos en el escalafón docente.

El apoyo otorgado por el Ministerio de Educación ¿Corresponde al 30% del valor total de la maestría?

Sí, este valor se desembolsa semestralmente a la Universidad respectiva, por los semestres regulares que dura el programa, previo cumplimiento de los compromisos señalados en la convocatoria.

¿Puedo solicitar el apoyo del Ministerio de Educación para matricularme en cualquier programa de maestría?

No, solamente puede solicitar apoyo para matricularse en los programas que el Ministerio de Educación Nacional defina semestralmente.

¿Cuáles maestrías están disponibles con apoyo económico del Ministerio de Educación Nacional?

Para iniciar en el segundo semestre de 2009, están a disposición de los interesados los programas de: Maestría en Enseñanza de las Ciencias Exactas y Naturales, en modalidad semipresencial virtual, ofrecida por la Universidad Nacional de Colombia, y Maestría en Tecnología Educativa y Medios Innovadores, en modalidad virtual, ofrecida por la UniversidadAutónoma de Bucaramanga en convenio con el Tecnológico de Monterrey.

¿En dónde obtengo información académica sobre las maestrías disponibles en esta convocatoria?

En las páginas web de las universidades oferentes de los programas. Para el caso de la
Universidad Nacional en http://www.ciencias.unal.edu.co/Maestria_E/Informacion_general.html y para la Universidad Autónoma de Bucaramanga en convenio con el Tecnológico de Monterrey en el enlace http://www.unabvirtual.edu.co/mte/

¿Puedo inscribirme en dos o más programas de maestría?

El Ministerio de Educación solo beneficiará la participación del docente o directivos en una de las dos maestrías anteriormente mencionadas.

¿Qué tipo de formación previa se requiere?

Para poder aplicar a la convocatoria se requiere tener título de pregrado. El docente o directivo interesado decide a cuál de las maestrías ofrecidas en el marco de este proceso inscribirse, de acuerdo a su área de formación y los perfiles definidos por las Universidades.

¿Existe algún límite de edad para acceder al apoyo económico?

45 años cumplidos a la fecha de cierre de la convocatoria.

¿Qué criterios se tendrán en cuenta para asignar los créditos condonables?

La convocatoria establece, además de los requisitos básicos, cinco criterios cuya puntuación permitirá seleccionar los beneficiados por el programa: ubicación de desempeño de los
docentes, estrato socio económico, nivel de estudio, evaluación de desempeño y tiempo laborado en el sector oficial.

¿Quién define la asignación de los créditos condonables?

La valoración de los documentos diligenciados y entregados por los docentes y directivos
docentes interesados en participar del programa, está a cargo de la junta administradora del fondo para el "Fomento a la Formación Posgradual para Docentes y Directivos en servicio, del Sector Oficial", quien será la que defina los beneficiarios, en los tiempos señalados en el cronograma de la convocatoria.

¿Cuál es el procedimiento de inscripción para participar de este proyecto del Ministerio?

El docente o directivo interesado en participar debe adelantar las siguientes acciones:

1. Identificar si cumple con los requisitos básicos exigidos para aplicar a este proyecto según lo define la convocatoria.
2. Llevar a cabo el procedimiento señalado por cada una de las Universidades para la admisión a la maestría, con lo cual garantiza la obtención del cupo en el respectivo programa (esto es requisito indispensable para postularse como beneficiario del crédito condonable).
3. Realizar el trámite con el ICETEX para aplicar al beneficio del crédito condonable, equivalente al 30% del valor de cada uno de los semestres regulares de la maestría. Para lo anterior el docente o directivo interesado debe gestionar lo referido en la página www.icetex.gov.co, enlace MEN Formación pos gradual docentes o directamente en:
http://www.icetex.gov.co/portal/Default.aspx?tabid=1302
4. Paralelamente al punto anterior, el docente o directivo debe remitir al Ministerio de Educación Nacional en medio digital (PDF) los documentos solicitados en la convocatoria.

Si soy admitido a uno de los programas de maestría ofrecidos en la convocatoria, ¿Obtengo automáticamente el crédito condonable ofrecido por el Ministerio de
Educación?

No. El proceso de admisión a la maestría realizado por las universidades, es independiente del proceso de asignación del crédito condonable. Sin embargo, si un docente es admitido en una de las maestrías y no es beneficiado del crédito condonable,
puede adelantar los estudios asumiendo el 100% de los costos que esto implica o aplicar al beneficio en el siguiente semestre.

Una vez inscrito en el programa, ¿Puedo cambiarme de maestría?

El retiro de la maestría para la cual se inscribió, es una causal de pérdida del beneficio, con lo cual automáticamente el crédito se convierte en un crédito reembolsable con las condiciones financieras predefinidas por el ICETEX para este tipo de créditos.

En caso de retiro definitivo del programa, ¿Puedo ceder el beneficio a otro docente o directivo?

El beneficio que se otorga dentro de este programa es personal e intransferible. Si el beneficiario se retira del programa, debe asumir el crédito reembolsable respectivo y estos recursos se reintegran al fondo para el "Fomento a la Formación Postgradual para Docentes y Directivos en Servicio, del Sector Oficial", para beneficiar a otros docentes en una nueva convocatoria.

Estos programas de maestría, por no ser presenciales, ¿Sirven para ascender en el escalafón docente?

Sí. Estos programas tienen registro calificado y cumplen con todos los requisitos de un programa de maestría, independiente de la modalidad en la cual se desarrollen, por lo que la titulación en alguna de estas maestrías puede usarse para los trámites respectivos de ascenso en cualquiera de los dos escalafones docentes vigentes.

¿Cómo puedo pagar el 70% restante del valor de la maestría?

Este se puede pagar bien sea solicitando un crédito a ICETEX, siguiendo los parámetros básicos estipulados por esta entidad (http://www.icetex.gov.co/portal/Default.aspx?tabid=1302), con créditos de otras entidades o con recursos propios del docente.

Por haber sido seleccionado para recibir el beneficio del 30% el ICETEX me facilita el préstamo del otro 70%?

No. Si el docente está interesado en solicitar crédito por el 70% restante del valor de la maestría debe seguir el procedimiento regular establecido por dicha entidad y llenar los requisitos que solicitan para esta clase de crédito.
Los trámites de crédito por el 30% son independientes del trámite por el 70% restante y se deben gestionar por separado.

Dónde puedo encontrar información sobre el valor total a pagar en cada una de las maestrías?

Esta información se encuentra disponible en la página respectiva de cada una de las Universidades;

Universidad Nacional:
http://www.ciencias.unal.edu.co/Maestria_E/Informacion_general.html.

Universidad Autónoma de Bucaramanga: http://www.unabvirtual.edu.co/mte/.

Allí también puede encontrar información relacionada con los tiempos de duración de cada programa, el currículo, la cantidad de créditos otorgados por asignatura y en total, entre otros.

Por su característica virtual cuánto tiempo me va a exigir en promedio semanal el desarrollo de las actividades básicas propias de la maestría?

Esta información varía dependiendo del enfoque a desarrollar desde cada una de las Universidades. Revisar los enlaces respectivos o elevar la consulta a las universidades

Cuándo y por qué razones puedo perder el beneficio del crédito condonable?

Se puede perder parcial o temporalmente el beneficio así:

 Suspensión temporal de los desembolsos del crédito condonable:
 Cierre temporal del programa o de la Institución de Educación Superior en la cual se realiza el programa de postgrado.
 Demora u omisión por parte del docente o directivo en la presentación de los documentos requeridos en los plazos establecidos en cualquiera de los periodos.
 Suspensión definitiva de los desembolsos del crédito condonable: Incumplimiento, por parte del beneficiario, de las obligaciones mencionadas a continuación.
 Finalización de los períodos o semestres del programa de postgrado para los cuales se concedió el crédito condonable.
 Abandono permanente sin justificación alguna del programa de postgrado, por parte del beneficiario.
 Adulteración de documentos o presentación de información falsa, por parte del beneficiario.
 No tramitar semestralmente la renovación del crédito condonable según lo establecido en este reglamento.
 Muerte o incapacidad física o mental total y permanente del beneficiario.

De otro lado, cuando el retiro parcial del programa de estudios sea por incapacidad médica la Junta Administradora del Fondo puede autorizar la suspensión temporal de los desembolsos. El certificado de la incapacidad debe ser expedido por la EPS en la que esté afiliado y no puede ser superior a un mes de expedido
La suspensión temporal del desembolso por expresa voluntad del beneficiario, puede terminarse cuando el docente o directivo docente haya demostrado buen rendimiento académico y continuidad en los estudios para los cuales se le otorgó el crédito condonable.
En caso de incumplimiento de alguna de estos compromisos, el crédito se convierte en un crédito reembolsable con las condiciones y características establecidas por el ICETEX para estos casos.




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